Queda sin efecto acción penal contra titular del Poder Judicial en Sinaloa

Sinaloa. (Olegario Quintero Informa).- La Unidad especializada en violencia contra las mujeres, la familia y grupos en estado de vulnerabilidad, de la Fiscalía General del Estado, determinó la extinción de la pretensión punitiva por perdón de la persona ofendida en la carpeta de investigación iniciada contra el titular del Poder Judicial del Estado.
Con dicha determinación del Ministerio Público se deja sin efecto jurídico las acusaciones interpuestas por funcionaria del Poder Judicial, adscrita al sur de Sinaloa.
Esta determinación del Ministerio Público, a solicitud de la parte acusadora, se sustenta en el párrafo IV del artículo 106 del Código Penal para el Estado de Sinaloa, y párrafo IV del artículo 485 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
“Artículo 106.- Son causas de extinción de la pretensión punitiva y de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad impuestas, las siguientes:
IV.- Perdón del ofendido en los delitos de querella;
Artículo 485.- Causas de extinción de la acción penal
La pretensión punitiva y la potestad para ejecutar las penas y medidas de seguridad se extinguirán por las siguientes causas:
IV. Perdón de la persona ofendida en los delitos de querella o por cualquier otro acto equivalente”

La Fiscalía General del Estado de Sinaloa reitera que en estos y todos los hechos de conocimiento del Ministerio Público, se privilegia el derecho, respeto y protección de las víctimas del delito, sin menoscabo de las garantías para las partes, como son entre otros el principio de igualdad jurídica, la presunción de inocencia, por mencionar algunos.

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