Le negaron atención médica en el IMSS de Sinaloa por ser portador de VIH y perdió la vista

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 50/2019 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto.

Esto, por hechos ocurridos en 2014 en que un hombre perdió la función del ojo derecho, que por ser portador de VIH le negaron atención médica y operación por desprendimiento de retina en hospitales del IMSS en Sinaloa y Sonora.

En la Recomendación 50/2019, la CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la integridad personal, a la igualdad y no discriminación, tras investigar la queja del agraviado, quien señaló que al levantar un tronco de árbol para leña, notó que en su ojo derecho caían y flotaban unos puntos, por lo que acudió al área de Urgencias del Hospital General Regional 1 del IMSS en Culiacán, Sinaloa, donde le negaron el servicio porque no había personal médico oculista por las fiestas decembrinas.

Acudió a una clínica particular donde fue tratado con láser, procedimiento que no funcionó, por lo cual acudió al servicio de Oftalmología de la Unidad de Medicina Familiar 55, en donde rechazaron hacerle una cirugía ocular por ser portador de VIH, personal médico le indicó que “no expondría al personal del área ni a los pacientes a una contaminación” y fue remitido al Hospital de Especialidades en Ciudad Obregón, Sonora, donde le señalaron que la retina “estaba echada a perder” debido a la tardanza entre el rechazo y la cita médica en este hospital, perdiendo la oportunidad de recuperar la vista.

Por todo lo anterior, la CNDH recomendó al Director General del IMSS que en ambos casos se realice la reparación integral del daño. Al paciente que perdió la vista se le deberá proporcionar rehabilitación visual y medicamentos, y deberá colaborar en la integración de la respectiva Carpeta de Investigación que se inicie por cada caso en la Fiscalía General de la República y en las quejas que se presenten ante el Órgano Interno de Control en el IMSS, contra los responsables de las violaciones a los derechos humanos descritos, e incorporar en sus expedientes laborales y personales copia de la presente Recomendación.

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