Aprueban lineamientos de paridad en Sinaloa
Culiacán, Sinaloa.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES), aprobó tanto los lineamientos para el cumplimiento del principio de paridad de género en la postulación de candidaturas en el Proceso Electoral Local 2020-2021.
En cuanto a los lineamientos de paridad en las Diputaciones, la Consejera Electoral y titular de la Comisión de Paridad de Género, Gloria Icela García Cuadras señaló que se establece que todas las fórmulas deberán integrarse con una candidatura propietaria y una suplente, del mismo género de forma alternada o bien, se podrá postular fórmula integrada por el propietario del género masculino y la suplente del género femenino, pero no a la inversa; de igual forma los partidos políticos que participen en coalición, candidatura común así como las candidaturas independientes no podrán postular fórmulas en más del cincuenta por ciento de las candidaturas propietarias y suplentes por el sistema de mayoría relativa y de representación proporcional de un mismo género.
Asimismo, las listas estatales de las candidaturas a Diputaciones por el principio de representación proporcional se integrarán con dieciséis fórmulas de candidaturas propietarias y suplentes en forma alternada; y dicha lista deberá ser encabezada por una fórmula integrada por el género femenino. En tanto, la postulación de regidurías por el sistema de mayoría relativa se hará por planillas, dentro de la cual se integrará a la sindicatura en procuración, encabezando dicha planilla la candidatura a la Presidencia Municipal. Las planillas deberán integrarse con un cincuenta por ciento de fórmulas de candidaturas a regidurías de un género y cincuenta por ciento de fórmulas del otro género, mismas que se incluirán alternadamente.
El Pleno señaló también que las coaliciones y candidaturas comunes deberán observar las mismas reglas de paridad de género que los partidos, aun cuando se trate de coaliciones parciales o flexibles, en cuyo caso, las candidaturas que presenten individualmente como partido, no serán acumulables a las de la coalición o candidatura común para cumplir con el principio de paridad.