Tribunal Electoral ordena al INE que defina medidas cautelares para conferencias de AMLO
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPFJ) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) que defina las medidas cautelares para las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Por mayoría de votos, el organismo considera que “dadas las particularidades de esa nueva forma de comunicar en la figura del Ejecutivo Federal, ese órgano debe determinar los alcances de la tutela inhibitoria que se dictó”.
El pasado 30 de diciembre, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al presidente que “se abstenga de interferir desde sus conferencias de prensa en favor o en contra de actores político electorales”, de acuerdo con el artículo 134 constitucional, con el fin de resguardar el principio de equidad en el proceso electoral.
Esto sucedió tras la denuncia presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra el mandatario, por externar sus preferencias electorales en la conferencia del 23 de diciembre. La Comisión de Quejas del INE dictó “una medida cautelar de tipo inhibitoria -sin carácter sancionatorio- a fin de garantizar la equidad en la contienda, y, ante la evidencia preliminar de una posible continuidad de actos que se vinculan con la materia electoral”.
En un comunicado, el TEPJF destaca que el Consejo General del INE, como órgano máximo de dirección, debe delimitar los alcances de su decisión, ya que este tipo de medidas inhibitorias “no están expresamente previstas como competencia del Comité de Quejas ni de los órganos desconcentrados del referido instituto”.
Con información de Aristegui Noticias.