Aprueban Comisiones dictamen que expide Ley de Fomento Apícola
Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación y de Asuntos Agropecuarios del Congreso del Estado de Sinaloa aprobaron dictamen que expide la Ley de Fomento Apícola y Protección de Agentes Polinizadores.
Esta ley tendrá como objeto establecer las normas para la organización, protección, fomento, sanidad, investigación, desarrollo tecnológico, industrialización, así como la cría, explotación, mejoramiento genético y la comercialización de los productos que se pueden obtener de las abejas melíferas en beneficio de los apicultores del Estado.
Se declara de interés público y actividad prioritaria a la apicultura por los beneficios que otorga a la conservación de la biodiversidad y los servicios ambientales a través de la polinización tanto de plantas de la vegetación natural como la cultivada, así como la sustentabilidad de la actividad.
Por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación el dictamen fue aprobado por Horacio Lora Oliva, Ana Cecilia Moreno Romero, María Victoria Sánchez Peña y Flora Isela Miranda Leal, presidente, secretaria y vocales, respectivamente.
Y por la Comisión de Asuntos Agropecuarios, el dictamen fue aprobado por Jesús Ramón Monreal Cázarez, Ana Cecilia Moreno Romero, Francisca Abelló Jordá, Roxana Rubio Valdez y Gildardo Levya Ortega, presidente, secretaria y vocales, respectivamente.
A las Comisiones de Puntos Constitucionales y Gobernación y de Asuntos Agropecuarios, les fueron turnadas para su estudio y elaboración de dictamen correspondiente, tres iniciativas:
Una del grupo parlamentario del PRI, que coordina el diputado Sergio Jacobo Gutiérrez; la segunda, presentada por el diputado de Morena, Apolinar García Carrera y la tercera iniciativa, del grupo parlamentario de Morena, que coordina la diputada Graciela Domínguez Nava. Todas tienen por objeto expedir una Ley en materia apícola para el Estado.
Las comisiones consideran necesario establecer políticas que visualicen la apicultura como un renglón importante y prioritario para obtener resultados óptimos en la producción de alimento y, a su vez, asegurar que sean inocuos, de calidad, inobjetables, rentables y sostenibles.
En este sentido, se recogen las propuestas, así como las aportaciones en foro de consulta y en la reunión de trabajo con los apicultores del Estado, y se propone un proyecto de Ley estructurado en diecinueve capítulos, noventa y seis artículos de contenido y cinco transitorios.
Se crea el Comité Estatal del Sistema Producto Apícola, como una instancia colegiada de coordinación y concertación integrada por los agentes del sector social, privado y público, participantes en los procesos de producción, acopio, transformación y comercialización.
El objeto de este Comité es el de impulsar, orientar, coordinar, proteger, vigilar y dar seguimiento a las políticas públicas, planes, programas y acciones en materia apícola, que se realicen por parte de las dependencias federales, estatales y municipales y proponer medidas al Comité Nacional del Sistema Producto Apícola o ante el Comité Estatal de Fomento y Protección Pecuaria para el mejor desarrollo del sistema producto apícola.
La Secretaría de Agricultura y Ganadería deberá de crear y mantener actualizado el Registro Estatal de Apicultores.