Decreto no debe aplicar en procesos electorales en marcha, consideran en TEPJF

México.- Magistrados de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideraron que aunque el decreto que permite a servidores públicos evadir la veda está vigente, no debería ser aplicable durante los procesos electorales que ya están en marcha.

“Esta especificación del alcance de los conceptos a los que se refiere el decreto tiene el carácter de fundamental y por tanto, no debe regir para los procesos electorales que ya hayan dado inicio porque entonces podrían alterarse la aplicación de los principios que rigen en estos ejercicios comiciales, cuando menos el de certeza, que implica que todas las personas quienes van a participar de manera activa en los procesos y quienes van a votar, deben tener muy claras”, expuso el magistrado presidente de la Sala, Rubén Lara.

“A mí me parece que hay una determinación a nivel constitucional muy clara, en el artículo 105, relacionada con que las leyes electorales no pueden modificarse en un plazo de 90 días previos o anteriores a que se inicie el proceso electoral en el que va a aplicarse”, argumentó.

Las consideraciones de Lara fueron respaldadas por los magistrados que lo acompañaban en la sesión en que se determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador realizó propaganda gubernamental personalizada en periodo prohibido durante el Tercer Informe de Gobierno que rindió el 1 de Diciembre del 2021.

López Obrador celebró el viernes la aprobación de la reforma que permite a los funcionarios públicos manifestarse sobre el proceso de consulta de revocación de mandato, a celebrarse el 10 de abril, sin que sea considerado como propaganda gubernamental.

Información de Expansión.