IEES aprueba diseño y especificaciones de la documentación electoral para el voto anticipado

El Consejo General aprobó en sesión ordinaria virtual el diseño y especificaciones técnicas de la documentación electoral para el voto anticipado, que se utilizarán en el Proceso Electoral Local 2023-2024, para las elecciones de Diputaciones Locales y Ayuntamientos.

El Consejero Electoral y titular de la Comisión de Organización y Vigilancia Electoral, Martín González Burgos, precisó que los numerales 17 y 18, de los Lineamientos para la organización del Voto Anticipado en el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, mencionan que el voto anticipado está dirigido a la ciudadanía de todas las entidades federativas que entre 2018 y el 31 de diciembre de 2023 hayan solicitado o soliciten su trámite de credencialización conforme a lo dispuesto por el artículo 141 de la LGIPE.

El Convenio General de Coordinación y Colaboración celebrado entre el INE y el IEES, establece que las partes implementarán las acciones necesarias a efecto de garantizar el voto anticipado en la entidad, a la ciudadanía que tenga alguna incapacidad física que impida, limite o dificulte su asistencia ante la casilla que le corresponda, previo a la jornada electoral a celebrarse el 2 de junio de 2024.

El modelo de operación indica que, para las elecciones locales, a excepción de la Lista Nominal de Electores con voto anticipado, los Organismos Públicos Locales (OPL) son responsables, con recursos propios, del diseño y producción de la documentación y material electoral para el ejercicio, escrutinio y cómputo del voto anticipado, así como de la entrega oportuna a la Junta Local Ejecutiva respectiva, en las cantidades requeridas.