Senado de la República prohíbe las terapias de conversión sexual en México

El Senado de la República avaló prohibir y castigar con cárcel toda actividad que obligue a tomar tratamientos, terapias o servicios orientados a impedir la orientación sexual, la identidad y la expresión de género de una persona.

La prohibición de las ECOSIG, o Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género, fue avalada en el Senado con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante la madrugada del 26 de abril.

El castigo para quien realice las ECOSIG u obligue a una persona a tomarlas, será un castigo que irá de dos a seis años de prisión y una multa que equivaldrá de mil a dos mil veces el valor de la moneda diaria que impone la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, se podría alcanzar una multa de 217 mil pesos para todos aquellos que realicen las denominadas terapias de conversión sexual, ya que estas representan un daño a la integridad y la dignidad de las personas.

Sin embargo, las penas estarán vigentes hasta que las reformas al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Con información de TeleDiario