Justicia federal dicta que quede sin efecto la vinculación contra Jesús Madueña y Juan Eulogio Guerra por supuesta compra irregular de tortillas
La Justicia Federal concedió un amparo a favor del Rector Titular ilegalmente suspendido del cargo de la Universidad Autónoma de Sinaloa, Jesús Madueña Molina, así como del ex rector Juan Eulogio Guerra Liera, para que quede insubsistente la vinculación a proceso contra ambos, dictada por un juez de control, en lo que se refiere a la carpeta de investigación por la supuesta compra irregular de tortillas y derivados del maíz. Esto se da porque no hay delito que perseguir.
En dicha resolución dictada por la Jueza Segunda de Distrito, con fecha del 14 de junio, se señala que se concede el amparo y protección de la justicia federal a favor de Madueña Molina y Guerra Liera para efecto que, una vez que cause ejecutoria dicha sentencia, el Juez de Primera Instancia de Control y Enjuiciamiento Penal de la Región Centro del Estado de Sinaloa, lleve a cabo dos acciones de trascendencia.
La primera, es que deje insubsistente el auto de vinculación a proceso únicamente por lo que se refiere en lo que se refiere a Jesús Madueña Molina y Juan Eulogio Guerra Liera. La segunda es que cite nuevamente a las partes y en audiencia, en su lugar, dicte nueva resolución de situación jurídica de los imputados en la que, atendiendo lo expuesto en este fallo, resuelva en consecuencia.
Cabe recordar que el pasado 14 de septiembre del 2023, el juez Adán Alberto Salazar Gastélum dio la vinculación aun cuando se demostró que en la Ley no existe la licitación para adquirir los bienes objeto de investigación por tratarse de alimentos perecederos, además de otras pruebas como fue la cancelación de 703 facturas, que las compras hechas no excedían el monto para realizar licitación pública, entre otras pruebas.
Ya el pasado mes de mayo la Justicia Federal determinó que no existe responsabilidad de parte de Jesús Madueña Molina, ni de Juan Eulogio Guerra Liera, y la conducta que se les atribuyó en la imputación no encuadraba en el tipo penal, es decir, el delito de desempeño irregular de la función pública que les fue atribuido por parte de la Fiscalía Estatal, en lo que se refiere a la carpeta 8 sobre la compra de productos cárnicos y otros derivados.
Asimismo, en el propio mes de mayo dos jueces federales de juzgados distintos declararon inconstitucional la vinculación a proceso por parte del Juez de Control en contra de Jesús Madueña Molina y Robespierre Lizárraga Otero por evitar el intento de la Auditoría Superior del Estado (ASE) de fiscalizar los recursos propios de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS). Se determinó que todo lo que pretendió realizar la ASE era inconstitucional, que la vinculación a proceso era ilegal y que el Juez de Control se extralimitó ya que jamás existió hecho indebido de parte de los imputados.