A mano alzada, PRI avala control y reelección de Alejandro Moreno hasta por 8 años

En un cónclave privado y a mano alzada, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) aprobó al menos 40 modificaciones a los estatutos y lineamientos internos del partido, donde se incluye el aval a la reelección de Alejandro Moreno Cárdenas hasta por ocho años más, por lo que «Alito» podría estar hasta el año 2032 como presidente nacional del priismo nacional.

En la 24 Asamblea Nacional, donde participaron cientos de priistas en el Pepsi Center de la Ciudad de México, los consejeros nacionales del tricolor cerraron filas con Moreno Cárdenas y al grito de “unidad, unidad, unidad”, aprobaron que su dirigente pueda ser reelecto.

Sin algún tipo de oposición, los consejeros modificaron el artículo 178 de los estatutos del PRI para que las personas titulares de la Presidencia y la Secretaría General electas para los Comités Ejecutivo Nacional y Directivos de las entidades federativas, durarán en su función cuatro años, y podrán ser las electas hasta por tres periodos consecutivos. Para los Comités Municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, durarán en su función tres años, y podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos.

Moreno Cárdenas ya estuvo cuatro años en la dirigencia, por lo que todavía tendría dos periodos más de cuatro años para hacer un total de ocho años al frente del PRI.

Asimismo, se aprobaron medidas de mayor control para el líder del PRI, como la facultad de designar y remover a las personas titulares de cada una de las coordinaciones de los Grupos Parlamentarios del PRI en las Cámaras del Congreso de la Unión y en los Congresos de las entidades federativas o someter a la consideración de los grupos parlamentarios respectivos la propuesta para su votación.

También se avaló que la Comisión de Financiamiento aprobará y verificará los programas de captación de recursos para las actividades del partido, así como las deudas a un plazo mayor de un año, que superen una cantidad del 20 por ciento del monto de financiamiento público federal previsto para ese año, de conformidad con las modalidades y reglas establecidas en la legislación de la materia.