Revoca TEPJF ‘candados’ del INE a las conferencias matutinas de AMLO

Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó el acuerdo del pasado 15 de enero del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) en el que emitió lineamientos para que el presidente Andrés Manuel López Obrador limitara sus expresiones políticas en las conferencias matutinas.

La Sala consideró “parcialmente fundados” los argumentos presentados por el Ejecutivo y determinó que, contrario a lo considerado por el Consejo General del INE, que el acuerdo del organismo “no implicó la emisión de medidas cautelares de tipo inhibitorio sino la imposición de medidas de no repetición, ante la supuesta posibilidad de que ocurra un acto lesivo futuro de carácter ilícito”.

La sentencia del TEPJF señala que “la naturaleza de la medida de no repetición requiere un estudio de fondo que corresponde a la autoridad jurisdiccional, y no a la etapa de la medida cautelar”.

Durante una sesión privada virtual, los magistrados resolvieron así el acuerdo INE/CG26/ sobre las medidas cautelares solicitadas por el PRD debido a la conferencia matutina del 23 de diciembre de 2020.

Con información de Aristegui Noticias.

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