QRoo y Jalisco se suman a los estados que aprueban la Ley Olimpia en México
La XVI Legislatura del Congreso del Estado aprobó por unanimidad la Ley Olimpia, convirtiendo a Quintana Roo en la entidad número 24 que tipifica y castiga la violencia digital, popularmente conocida como porno-venganza.
Las diputadas y diputados aprobaron incluir el Capítulo VIII de Violencia Digital dentro del Código Penal para el Estado de Quintana Roo, para castigar con cuatro y hasta ocho años de prisión y 200 a 500 días de multa a quien difunda, revele, publique, comparta o altere contenido audiovisual, conversaciones telefónicas, grabaciones de voz, imágenes estáticas o en movimiento, de naturaleza sexual o erótica de otra persona, mayor de edad, sin su consentimiento, a través de cualquier tecnología de información y comunicación o por cualquier medio digital o impreso.
Las penas y sanciones pueden aumentar, hasta en un 50 por ciento más, cuando el sujeto activo sea el cónyuge, concubino, o haya mantenido una relación afectiva o de confianza con la víctima, aún sin convivencia.
También se establece castigar con cuatro y hasta seis años de prisión y de 100 a 400 días de multa a quien, empleando cualquier tipo de violencia, amenace o coaccione a otra persona mayor de 18 años con llevar a cabo las conductas citadas con anterioridad, con el objetivo de obtener un lucro o beneficio de cualquier naturaleza.
Jalisco se sumó a los estados del país que castigarán la violencia digital contra las mujeres. Los cambios a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal fueron aprobados el jueves por el Congreso local, con 28 votos a favor y cero en contra, y en ellos se establece el concepto de violencia digital y el ciberacoso se cataloga como delito.
Por este delito, los legisladores aprobaron penas que van de los cuatro a los ocho años de prisión y multa de 1,000 a 2,000 veces la Unidad de Medida de Actualización, es decir, de los 86,880 a los 173,760 pesos. Se prevé que el Ministerio Público o la autoridad judicial competente ordenen a las empresas prestadoras de servicios digitales el retiro inmediato de una publicación realizada sin consentimiento de la víctima. Desde 2014, la activista Olimpia Coral Melo ha sido la promotora de esta ley, luego de que un video íntimo suyo fue difundido en internet sin su consentimiento
Con información de SinEmbargo y La Jornada.