Senado aprueba Ley Olimpia: 6 años de cárcel por violencia digital

Con 87 votos a favor, el pleno del Senado aprobó la llamada Ley Olimpia, que tipifica y sanciona con hasta seis años de prisión la difusión, sin consentimiento, de contenido sexual en Internet.

Los legisladores añadieron como violencia mediática la difusión de contenidos que atenten contra la integridad de las mujeres en los medios de comunicación.

“Esta era una de las deudas, compañeras, que teníamos con todas las mujeres, niñas y adolescentes que han sufrido estas modalidades de violencia –yo también he sido víctima– y cuyos casos no han prosperado por la falta de una adecuada tipificación del delito. Era una deuda, desde luego, con las luchadoras de la sociedad civil”, dijo al presentar el dictamen la presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género de la Cámara Alta, Malú Micher.

La legisladora refirió que la propuesta que llegó de la Cámara de Diputados fue “enriquecida”, pues no sólo reconoce la violencia digital como un tipo de agresión sino como una modalidad de la violencia en contra de mujeres, niñas y adolescentes, e incluye sanciones en el Código Penal Federal. 

También se agregó la violencia mediática, entendida como el acto por el que los medios de comunicación, de manera directa o indirecta, promueven estereotipos sexistas, hacen apología de la violencia de género o reproducen discursos de odio sexistas.

Micher, quien portaba una camiseta púrpura con la leyenda: “Ley Olimpia”, y se autodefine como “feminista de la 4T”, agradeció a las organizaciones civiles que han luchado por estas reformas y a la activista Olimpia Coral Melo, a quien se debe la ley, luego de haber sido víctima de violencia digital.

Con información de Proceso.

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