Se deben de determinar reglas entre la federación y los prestadores de seguridad privada, advierte Diputada
Culiacán, Sinaloa.- Ni en la Constitución Política de México ni en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública se prevé expresamente el concepto de seguridad privada, y por eso es viable la reforma constitucional para que el Congreso de la Unión asuma la facultad de expedir una Ley General en la materia, expresó la diputada Rosa Inés López Castro, durante la aprobación de la minuta enviada por el Senado para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Seguridad Privada.
Esta reforma otorgará al Congreso de la Unión la facultad para expedir la ley general en materia de seguridad privada, que establezca las reglas y la autoridad facultada para autorizar y regular a los prestadores de estos servicios en todo el territorio nacional.
López Castro consideró que la Ley General que se vaya a expedir debe comprender diversos aspectos, como establecer las reglas y la autoridad facultada para autorizar y regular los prestadores de servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional.
“Determinar las reglas de coordinación entre la Federación y las personas autorizadas para prestar los servicios de seguridad privada, cuando los servicios comprendan dos o más entidades”, añadió.
Asimismo, apuntó se requiere “establecer las reglas mínimas y generales de coordinación de esos prestadores particulares o privados con las instituciones de seguridad pública en situaciones de emergencia y desastre, y determinar los aspectos vinculados a la coordinación y supervisión de las policías complementarias en el país”.