Senadores aprueban que delitos sexuales contra menores no prescriban

En el pleno del Senado de la República se aprobó con 117 votos a favor reformas al Código Penal Federal que hacen imprescriptibles los delitos sexuales cometidos en agravio de menores de edad. Con ello, no prescribirán los delitos de pederastia, abuso sexual, violación, corrupción de menores, pornografía infantil, turismo sexual, lenocinio y trata de personas, así como sus correspondientes sanciones.

Las sanciones aumentarán al doble de las que correspondan cuando el autor tenga ciertas relaciones con la víctima, entre ellas, que sea ministro de culto religioso.

En el caso de que el sujeto activo fuese servidor público, además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

También, las sanciones aumentarán al doble cuando la persona responsable tuviera para con la víctima alguna de las siguientes relaciones: patria potestad, guarda o custodia, ascendientes o descendientes sin límite de grado, familiares en línea colateral hasta en cuarto grado, tutores o curadores.

Ejerza una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique subordinación de la víctima, quien se valga de la función pública para cometer el delito o habite en el mismo domicilio de la víctima.

Cuando el autor emplee violencia física, psicológica o moral contra la víctima y quien esté ligado a la víctima por un lazo afectivo o de amistad, de gratitud o algún otro que pueda influir en obtener la confianza de ésta.

Con información de Milenio.

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